
Se conoció estos días el proyecto de ordenanza que el ejecutivo municipal envió para su pronto tratamiento al Concejo Deliberante de Escobar. Su texto, como es lógico al versar sobre cuestiones medianamente complejas, hilvana conceptos, patrones y medidas que en muchos casos caen fuera de la órbita de las categorías empleadas cotidianamente por la mayoría de los vecinos.
Para salvar esa dificultad en la evaluación de la norma, Noticias de Escobar consultó la opinión de un especialista en temas urbanísticos y medioambientales, el arquitecto Gustavo Darrigo, quien gentilmente accedió a explicar en un lenguaje exotérico los aspectos esenciales de la iniciativa. A continuación, su comentario.
La urbanización invasiva
La ocupación masiva e indiscriminada de los humedales para transformarlos en barrios privados de gran envergadura surge inicialmente en la propuesta de ordenamiento urbano que realizara la UBA en convenio con el municipio hacia fines de la decada del 90.
El rechazo de dicho plan por las autoridades provinciales y el colapso económico del 2001 dilataron la llegada de los desarrolladores hasta el 2009, cuando el municipio contrata a la Arq. Beatriz Varela para diseñar un nuevo Plan de Ordenamiento urbano, que se concretará inicialmente a través de la ordenanza 4729/09 y sus posteriores modificaciones.
Este siniestro plan le permitió a los desarrolladores inmobiliarios disponer de una inmensa superficie de humedales, tierras adquiridas a muy bajo costo, con indicadores urbanísticos que permitían la construcción de urbanizaciones privadas.
La decisión política
Cuando el actual intendente de Escobar nos convocó a participar en las Usinas, específicamente en la de infraestructura y planeamiento urbano, la idea de proteger los humedales siempre encabezó nuestras propuestas.
A principios de año se volvió a poner este tema en la agenda por pedido del intendente. Primero surgió la necesidad de regularizar los barrios ya realizados, cosa que está desarrollando exitosamente el municipio con sus equipos técnicos.
Una vez afrontado el tema y encauzando del mejor modo posible los territorios que ya no son pasibles de recuperación, era inevitable pensar en la preservación de los humedales insulares y continentales que aun no han sido intervenidos.
El Proyecto
Con ese fin se crea la ordenanza de protección de humedales, que cubre una amplia zona comprendida entre el Río Lujan al oeste, el Río Paraná al este, el Canal Arias al sur y el Canal Santa María al norte, abarcando una superficie de aproximadamente 7000 hectáreas, que equivalen al 23% de la superficie del partido de Escobar.
Donde hasta hoy el código permitía la instalación de barrios cerrados con inadecuados niveles de ocupación, la ordenanza prohíbe cualquier tipo de urbanización, abierta o cerrada; prohíbe también la construcción de lagunas, endicamientos, canales, pólder o cualquier acción que modifique la topografía del lugar, le otorga indicadores urbanísticos con niveles de ocupación muy bajos (5% del total del predio) y con restricciones de uso muy acotados.
Cabe destacar que para cualquier jefe comunal la decisión de desafectar gran parte del territorio con potencialidad de generar partidas inmobiliarias de alto valor contributivo, sobre todo cuando se es intendente de un municipio con mucho atraso en obras de infraestructura y una muy baja coparticipación, no es para nada fácil. Por eso destaco la magnitud política e histórica de esta decisión.
Más allá de Escobar
Nos resta ahora abogar para que desde Nación y Provincia reconozcan el esfuerzo que hace el pueblo de Escobar para preservar los beneficios ecosistémicos de los humedales, que no son sólo para nuestro distrito sino para una vasta región de la provincia de Buenos Aires, incluyendo toda la cuenca del Río Luján y el delta del Paraná, y se generen los mecanismos legales para lograr distintos niveles de compensación por la preservación de ecosistemas naturales de escala regional