Bono de $10.000: qué datos se tendrán en cuenta para asignar el beneficio

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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social definió las condiciones para el cobro del ingreso familiar de emergencia de $10.000, decretado por el Gobierno, que comenzará a abonarse a partir del viernes 3 de abril. A través de la resolución 8/2020 publicada en el Boletín Oficial, el cobro del subsidio, para el cual se preinscribieron más de 10,7 millones de personas, tiene los siguientes condicionamientos.

No se considerará configurada la situación de real necesidad cuando el solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, se encuentre comprendido en alguno de los siguientes supuestos:

a. Haber percibido una suma de ingresos en los últimos SEIS (6) meses cuyo promedio mensual sea superior a $33.750, que es el monto equivalente a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley 24.013.
b. Haber realizado gastos y/o consumos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito que superen los $23.625, es decir, más del SETENTA POR CIENTO (70%) de los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso a).
c. Haber obtenido o disponer rentas financieras que totalicen un monto superior a PESOS SESENTA Y SEIS MIL NOVESCIENTOS DIECISIETE ($66.917) para el periodo fiscal 2018.
d. Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a)
e. La tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere UNO COMA CINCO (1,5) veces el importe anualizado del referido ingreso
f. La tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.

La ANSES podrá requerir a la AFIP la información necesaria para poder efectuar la evaluación dispuesta.

El Ingreso Familiar de Emergencia será otorgado a las personas que:

Se encuentren desocupadas
Se desempeñen en la economía informal
Se encuentren inscriptas en las categorías “A” y “B” del Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes establecido por la Ley N° 24.977, modificatorias y complementarias
Se encuentren inscriptas en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente, establecido por la Ley N° 25.865, modificatorias y complementarias
Y a los trabajadores y trabajadoras declarados en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844, modificatorias y complementarias.

24 comentarios en «Bono de $10.000: qué datos se tendrán en cuenta para asignar el beneficio»

  1. Buen dia yo estoy divorciado mi ex tenia auh ahora vivo en buenos aires y estoy desempleado queria saber si me corresponde el bono gracias

    1. Yo soy separado vivo sólo y estoy desempleado puedo cobrar el bono vivo en la dirección que a ustedes le sale por sistema ella no vive mas acá

    1. como se si yo cobro soi desocupado no tengo trabajo y estoi enfermo de diabetis nunca tube tarjeta ninguna clase me podria avisar al telefono meyamo carlos

  2. Buenas tardes ami me dio negativo el bono 10.000 xq me figura una obra social q nunca tuve x la cual amo me despidieron en enero del trabajo y me sale que sigo teniendo obra social como puedo hacer ya que nunca me la dieron y hoy no tengo ningún ingreso de nanda

  3. hola como se si soy apto y como me notifican el codigo para cobrar por cajero si no me pidieron nunca una direccion de mail o celular?

  4. HolA mi hijo edra separado hace 6 años ya.y vive en la misma dirección que sus tres hermanos cada uno con su familia. Aparte no puede entregar comprobante de nada porque no atiende anses .quisiera saber si cobra el bono el y sus hermanos que tienen la misma dirección.

  5. quiciera saver si me corresponde el cobro de los 10 mil pesos yo tengo el domicilio act en la casa de mis suegros ya q vivo en el primer piso me corresponde cobrar

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