La Justicia le permitió a la Municipalidad disponer de un terreno en el Paraná (previa desafectación)

En una medida cautelar que fue dispuesta básicamente por cuestiones formales, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Campana, a cargo de la Dra. Mónica Ayerbe, resolvió suspender los efectos de la ordenanza 5538/2018, que autorizaba la venta parcial de una parcela propiedad de la Municipalidad de Escobar en la costa del Paraná de las Palmas hasta tanto se cumpla, a través de la promulgación de una nueva ordenanza, con un requisito formal de específica desafectación al uso público del espacio cuya venta se autorizó.

La jueza consideró que “la desafectación de un bien al uso público (…) resulta una decisión librada a un juicio discrecional de las autoridades de la comuna acerca de la conveniencia o inconveniencia de la medida, en los términos del Decreto Ley 9533/80”.

En ese sentido, las facultades de disposición por parte de la Municipalidad de Escobar no se ven afectadas pues “ello supondría un juicio de valor sobre aquello que resulta más conveniente a la comunidad, juicio que trasciende lo jurídico para referirse a cuestiones técnicas, económicas o en su caso políticas referidas a acciones de gobierno que correspondía a la autoridad del municipio adoptar”.

Este jueves, el Concejo Deliberante definirá la fecha en la que dará tratamiento a esta resolución.

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