Se acerca la parte del año en la que muchos planifican su descanso y, quienes puedan, la visita a algún centro turístico. Para eso es importante saber con qué plazo se cuenta para disfrutar según la antigüedad en el trabajo.
Con menos de 6 meses de antigüedad, se pueden tomar hasta 5 días corridos.
Con más de 6 meses, ya se tienen 14 días corridos.
Cuándo se puede tomarlas:
-Te las tienen que dar dentro del período que comienza el 1° de noviembre del año por el que te tomás vacaciones (a partir del primer lunes o del primer día semanal de trabajo habitual) y finaliza el 30 de marzo siguiente.
-Podés dividir los días que te corresponden para otro momento del año.
-Antes de que arranques las vacaciones te las tienen que pagar.
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